¿Otro ajuste a las provincias?: La implementación de la fase dos del plan económico podrían afectar ingresos de los gobernadores. ¿Misiones entre ellas?

Economía Nacional Política

Al eliminar los pasivos remunerados del Banco Central, los gobiernos provinciales perderían recursos que reciben por gravar con Ingresos Brutos los pases.

En una nota firmada por Sofía Diamante para La Nación, se advierte por un posible ajuste “encubierto” que podrían tener las provincias con la implementación del plan económico anunciado por Luis Caputo recientemente.

La “segunda etapa” del programa económico del Gobierno, que consiste en avanzar en el saneamiento del balance del Banco Central (BCRA), podría tener un efecto colateral directo en los ingresos de las provincias. Sobre todo, podría afectar fuertemente a la Ciudad de Buenos Aires (CABA), que en 2020 decidió gravar con ingresos brutos (IIBB) a los ingresos de los bancos por los pasivos remunerados del BCRA, que hasta entonces estaban exentos, para compensar la quita de los recursos provenientes de la coparticipación federal, que hizo la gestión anterior de Alberto Fernández.

El ministro de Economía, Luis Caputo, y el presidente del Banco Central, Santiago Bausili, anunciaron su plan de eliminar los pases pasivos remunerados, que es la deuda de cortísimo plazo que emite todos los días el Banco Central para retirar pesos de circulación. Con ese plan, dijeron, buscan reemplazar ese instrumento con la letra de reprogramación monetaria (Leremo), que emitirá el Tesoro, para darle autonomía al Banco Central.

Esta decisión afectará directamente a los gobiernos provinciales que gravan con IIBB los pases, que dejarán de existir si el gobierno avanza con su plan. Entre las jurisdicciones que estarían afectadas de manera directa se encuentran, además de CABA, Catamarca, Mendoza, Misiones, San Luis y Tucumán.

Pero también a todo el resto de las provincias que, por lo general, tiene exenciones establecidas sobre los bonos nacionales, provinciales y municipales, pero dejaron abierta la posibilidad de aplicar impuestos sobre los intereses generados por los instrumentos del BCRA.

Los bonos del Tesoro son títulos de deuda emitidos por el Estado nacional, provincial y municipal y se encuentran exentos de Ingresos Brutos. Los pases constituyen préstamos a corto plazo entre los bancos comerciales y el BCRA; se trata de operaciones financieras entre particulares que resultan susceptibles de ser gravadas. Ahora, los pases serán asumidos por el Tesoro, lo que implica su conversión a bonos y la imposibilidad de tributar por ello”, explicó Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.

Esta fue una de las preguntas que realizaron los banqueros en la reunión que mantuvieron ayer en el BCRA, ya que si las provincias no pueden gravar este instrumento, en la práctica significa una suba efectiva de la tasa de interés.

En el BCRA, mientras tanto, insistieron en la inconstitucionalidad de gravar rentas derivadas de instrumentos de regulación monetaria, más allá de que efectivamente se cobraron esos impuestos. “Hay juicios en trámite en la Corte contra la CABA y Mendoza”, dijeron en reserva.

La mayoría de los códigos fiscales de las provincias tienen exenciones específicas para títulos públicos y las letras del Tesoro se han asimilado a este tratamiento impositivo. Por eso, por lo general, no hay ingresos brutos aplicables. No es que hay una regla en general que dice que no se pueden gravar las letras, sino que tienen este tratamiento asimilable a bonos públicos”, explicó Florencia Fernández Sabella, socia fundadora del estudio Laiún, Fernández Sabella & Smudt (LFS)

Esto igual no es la regla. Hay muchas provincias que gravan los títulos públicos, como Tucumán, que no tiene ninguna exención, o San Luis, que solo exime títulos públicos emitidos por su gobierno provincial. A los nacionales los grava”, agregó.

De igual modo se refirió el tributarista Martín R. Caranta, socio del estudio Lisicki, Litvin y Asoc.: “Así visto, puede existir un efecto colateral para las provincias que tengan exentos los ingresos de las letras. Como se trata de una ley, no puede eliminarse la exención por decreto, sino que debe surgir de una ley aprobada por la legislatura de cada provincia. Solo están gravadas las letras, sin exención aplicable, en CABA, Catamarca, Mendoza, Misiones, San Luis y Tucumán. En el resto de las provincias, los ingresos de las letras están exentos de Ingresos Brutos”.

Los bancos, en tanto, anticipan que el conflicto continuará. “Que actualmente estén exentos de IIBB los títulos públicos no quita que alguna provincia trate de modificar su ley y decir que las letras provinciales y municipales están exentos, pero no los nacionales. Será una discusión con la Nación, pero acá es hecha la ley, hecha la trampa o la modificación de la ley”, dispararon en una entidad bancaria.

Fuente: Diario la Nación