El proyecto del oficialismo fue aprobada este viernes por la madrugada. Cómo impactará el capítulo de “Modernización laboral” en el día a día de los argentinos.
La ley Bases fue aprobada este viernes por la madrugada en la Cámara de Diputados y el Gobierno, con Javier Milei a la cabeza, celebró la victoria parlamentaria que permitirá la implementación de reformas estructurales para el país. En este marco, ¿cómo quedó el capítulo laboral y qué impacto tendrá en los argentinos?
Minutos después de la aprobación, la Oficina del Presidente celebró la sanción de la ley que entrará en vigencia una vez que sea promulgada por el presidente Javier Milei.
“Con 38 diputados, 7 senadores y el apoyo de un sector de la dirigencia política, y a pesar del obstruccionismo del kirchnerismo y sus cómplices de siempre, quienes demoraron el proyecto durante meses, el Gobierno Nacional logró la aprobación de la primera ley en el camino hacia el país libre y próspero que los argentinos eligieron el pasado 19 de noviembre”, aseguró la cuenta oficial del Gobierno.
Y agregó: “El Poder Ejecutivo agradece nuevamente la labor patriótica de los Sres. legisladores que comprendieron la responsabilidad histórica que tenían en sus manos y aportaron su voto afirmativo, a pesar de los constantes y desesperados intentos de quienes pretenden aferrarse a sus privilegios a costa del desarrollo del país“.
En este marco, también se logró la validación del capítulo laboral, denominada en el texto como “Modernización laboral”, con cambios en las reglas de contratación y en la relación entre los empleados y sus empleadores.
Ley Bases: esta es la reforma laboral aprobada en Diputados
Blanqueo Laboral
Entre los artículos 76 y 81, bajo el título “Promoción del empleo registrado“, se plantea una serie de beneficios para los empleadores en caso de regularizar a sus trabajadores.
Con respecto a estos últimos, aclara que “cualquiera sea su antigüedad y su salario, sólo podrá tener acreditados hasta 5 años de aportes calculados sobre el monto del salario mínimo, vital y móvil, a los fines de reconocimiento para su jubilación“.
Fondo de cese laboral
En el artículo 93 de de la reforma, se habilita que, a través de convenios colectivos de trabajo, se reemplacen las indemnizaciones por despido por la constitución de un fondo o sistema de cese laboral. Esto será “según disponga el Poder Ejecutivo” e indica que los empleadores podrán optar por contratar un servicio privado o autoasegurarse.
Ampliación del periodo de prueba
En los artículos 89 y 95 se propone extender a 6 meses el tiempo periodo de prueba que tienen los trabajadores en un nuevo puesto.
Además, por convenio colectivo se puede ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores y hasta 1 año en empresas de menor tamaño. Durante ese tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización.
Eliminación de Sanciones por no registro de empleados
La reforma laboral propone eliminar las indemnizaciones para los empleadores que no registran una relación laboral o lo hacen con un salario menor o fecha posterior a la real.
Flexibilización de las relaciones laborales
Se incorporan también medidas que permiten que las relaciones laborales queden enmarcadas en otras formas distintas a la convencional relación de dependencia. Por ejemplo, contratar empleados bajo la modalidad de colaboradores o de contratos de locación.
Tercerización laboral
Se elimina la prohibición a los empleadores de contratar a través de empresas de servicios temporarios o agencias de colocación en el caso del trabajo agrario. En todos los casos, los empleados se considerarán parte de las empresas intermediarias y no para las que presten servicios.
Limitación del derecho a la acción colectiva
Se incorporan como motivo de despido de los trabajadores las diferentes acciones que pueda llevar a cabo en el marco de un conflicto colectivo en la empresa.
Esto sería, por ejemplo, participar en bloqueos o tomas de establecimientos; obstrucción del ingreso o egreso al establecimiento y la afectación de de la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza.
Funcionamiento de sindicatos
El artículo 84 excluye a las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registración de las relaciones laborales, dejando esto solo en manos del trabajador. De esta manera, podrá denunciar la falta de registración ante la autoridad de aplicación, que deberá establecer un medio electrónico ante AFIP.
Licencia por embarazo
En la legislación vigente, la licencia por embarazo es de 90 días, 45 días antes del parto y 45 días con posterioridad. Sin embargo, la persona gestante puede optar por reducir la licencia previa al parto a 30 días -período a partir del cual rige la prohibición de trabajar- y acumular los días restantes al período posterior.
Los cambios que transitó la reforma laboral tras la segunda versión de la ley Bases
Si bien el Gobierno celebró la aprobación de la ley Bases y, por ende, la implementación del capítulo laboral en la sociedad, el apartado que tiende a modificar las relaciones de trabajo sufrió ciertas modificaciones con respecto a la primera versión del proyecto ómnibus.
En este caso, el Gobierno de Javier Milei presentó una reforma laboral menos ambiciosa y suprimió cuestiones vinculadas al blanqueo y moratoria para aquellas empresas que regularicen la situación laboral de sus trabajadores.
Luego de reuniones, negociaciones y debates en comisiones, el Título V denominado “Modernización laboral“, incluído en la nueva ley Bases, se transformó en una reforma de la legislación de trabajo de 17 artículos. El apartado contiene distintas modificaciones sobre el proyecto Ley de Empleo Nº 24.013.
La presentación de esta iniciativa en la previa del debate generó el descontento de la Unión Cívica Radical (UCR), espacio que presentó su propia propuesta y que buscaba la modificación de las leyes 20.744 y 24.013, y la derogación del artículo 1 de la ley 25.323
Fuente: Ámbito